Convenios

Las partes declaran su voluntad de cooperación recíproca, para lo cual suscriben el convenio, que tiene por objeto desarrollar un programa de intercambio de universitarios, con la finalidad de enriquecer y mejorar la calidad de la educación impartida en las instituciones, y otorgar una experiencia enriquecedora a los estudiantes que podrán conocer una nueva cultura.»

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL ENTRE LA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO (CHILE) Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA)

ASPECTOS GENERALES
Los objetivos del presente convenio son:

1.- Promover las relaciones de carácter académico y profesional entre la Universidad
Católica de Temuco (Chile) y la Universidad de Extremadura. (España)
2.- Fomentar el intercambio recíproco de universitarios
3.- Fomentar el intercambio de materiales e información de interés para ambas partes.

Este convenio permite el intercambio de estudiantes como también el intercambio docente entre ambas instituciones.

INTERCAMBIO DOCENTES

Los docentes podrán presentar cursos, seminarios, conferencias y talleres, tanto
en programas de grado como de postgrado. Así mismo, podrán integrar equipos de
investigación, estudio y evaluación.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, ESPAÑA.

EN EL SIGUIENTE CONVENIO EXPONEN:

I.- Que en función de su naturaleza y objetivos, la Universidad de Granada y la Universidad Católica de Temuco que suscriben el presente Convenio están llamadas a desempeñar un papel fundamental en el acercamiento entre los dos países. 

II.- Que el intercambio de experiencias y conocimientos culturales, científicos y técnicos con intereses comunes tanto en formación como en administración, entre profesores, estudiantes y personal administrativo de ambas Instituciones resulta del mayor interés para el progreso de su vida académica.

Ambas Instituciones están interesadas en estrechar los vínculos culturales, científicos y académicos entre Chile y España.

Asimismo se fomentará el intercambio de personal docente e investigador entre ambas Instituciones, de manera que se facilite que los profesores de una de ellas puedan enseñar en la otra Institución durante un plazo de tiempo determinado, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente en cada Institución.